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Txarriboda News 951 (23-09-2023)

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El Tribunal Supremo, a tenor de los numerosos contenciosos en juzgados de lo Mercantil de todo el Estado, ha confirmado la sentencia que dicta que decir expresiones como “A ver si nos vemos más a menudo pero en otras circunstancias” para dirigirnos a familiares, amigos y otros allegados en funerales contará como “contrato no vinculante”. Se dispone que la exaltación de los vínculos entre personas vivas, “especialmente cuando hay cuerpo presente”, crean un contexto que puede llevar a generar compromisos que en realidad no se pretenden cumplir, por lo que el Supremo entiende que la vinculación entre las partes contratantes desaparece al cruzar la puerta de salida del tanatorio o establecimiento religioso.

Tunantes y atenuantes

La decisión del TS pretende zanjar los enfrentamientos en sede judicial a propósito del incumplimiento de acuerdos expresados durante velatorios, misas de salida o rondas en el bar de la esquina una vez terminado el funeral. “El primo Ioseba siempre decía lo mismo. Que si no nos vemos nunca. Que si ya nos vale, que sólo coincidimos cuando se muere alguien. Que si cuando empiece a hacer buen tiempo tenemos que quedar todos en la casa del pueblo para asar un cordero. Lo dijo cuando se murió la tía Encarna, cuando falleció el tío Germán, cuando la abuela Virtudes tuvo el accidente de balconing… Y luego todas las veces lo mismo. Al día siguiente se sale del grupo de whatsapp y jamás te coge el teléfono”, comenta Mariví Trina, que ahora ya sabe que no debe llevarse mal rato.

El Supremo también entiende que oír “No somos nada” no obliga a mostrar durante el sepelio las fotografías del Audi S3 ni del chalet en Benalmádena para demostrar que algunos sí que son algo.

© elkarma.eus

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